Saltar al contenido

Law Innovando Derecho

Portada » Blog » POR UNA CONSTITUCIÓN CERCANA AL PUEBLO

POR UNA CONSTITUCIÓN CERCANA AL PUEBLO

Celia Maya García
CONSEJERA DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
FB: Celia Maya
X: @CeliaMayaGar
IG: @celiamayagar
TT: @celiamayagar

UN HECHO INNEGABLE ES QUE LA CONSTITUCIÓN, COMO DISCURSO, ESTÁ MUY LEJANA DE LA COMPRENSIÓN Y DEL MERO CONOCIMIENTO DE LA POBLACIÓN MEXICANA.

Uno de los problemas que los juristas se han planteado es el de la incertidumbre del Derecho, consistente en la dificultad de conocer cuál es el Derecho vigente en determinado momento en un país, debido a la complejidad, y desmesura del total de ordenamientos jurídicos que regulan la actividad del Estado, las relaciones del poder con los gobernados, y las relaciones de los particulares entre sí. En el epílogo del Antiguo Régimen los juristas criticaban el sistema jurídico por su abigarramiento, su casuismo y la multiplicidad de ordenamientos. La ilusión remedial se anunció con la codificación, pero la evolución de la sociedad y del Estado llevaron, dos siglos más tarde, a considerarla un nuevo mito del europeísmo.

Esta condición genera contradicciones que versan sobre dos aspectos. Por un lado, la obligación de los individuos de conocer el Derecho, para obrar en consecuencia, siempre con la amenaza de la cláusula de que “La ignorancia de la ley no excusa su cumplimiento”. La segunda es la ficción en que se sustenta la obligatoriedad de la norma jurídica, esto es, desde la publicación en una gaceta oficial. 

Incluso para la clase profesional, conocer el Derecho es más que un reto. Los cursos de las facultades de Jurisprudencia no abarcan todas las ramas en las que se desglosa el material normativo vigente en un Estado. De ahí que se haya optado por plantear las asignaturas como “teoría general”, ante la imposibilidad de tratar en la cátedra las laberínticas normas especiales y las excepciones.  También ha orillado a los centros de estudios jurídicos a ofrecer más bien especializaciones en determinada rama que abogados en general. 

Este cuadro es plenamente aplicable a la norma fundamental del sistema jurídico, a la Constitución. Una salvedad, obligado decirlo, es la de la Constitución americana que permanece vigente desde su bicentenaria promulgación, modificada por un corto número de enmiendas. Pero, hablemos del caso de la Constitución mexicana. De la promulgada el 5 de febrero de 1917. A la fecha ha sido objeto de cientos de reformas. Y al comparar el texto original y el actual, sencillamente hay enormes diferencias. El volumen de la carta original ha sido superado ampliamente por su texto vigente, lo cual genera una mayor dificultad hasta para su lectura de principio a fin. 

Un hecho innegable es que la Constitución, como discurso, está muy lejana de la comprensión y del mero conocimiento de la población mexicana. Es más, un arcano que solamente pueden consultar los constitucionalistas, pues aún para los juristas no especializados es problemática su lectura e interpretación. Por supuesto es un símbolo, porque se supone que contiene los derechos del pueblo, porque protege a los individuos del abuso del poder, porque garantiza un gobierno democrático, porque sustenta un pacto unionista federativo, etc. Su uso es referencial, como para colmar vacíos de fundamentación, para asirte a apoyaturas irrefutables, pues ¿quién osará opinar contra los mandatos de la Ley Suprema de la Unión?

Esta narrativa no ha sido ajena a los redactores de las constituciones. Para el caso de México es aplicable el antecedente de las Cortes de Cádiz, a cuyo Congreso hubo diputados novohispanos. Los representantes de la nación concibieron dos instrumentos o recursos para lograr que el pueblo conociera la Constitución, para que la aceptara y para que demandara el cumplimiento de sus estipulaciones. Para 1812, en todo el Imperio español predominaba el analfabetismo. Entonces había que promover como una política de gobierno la instrucción de la niñez y de la juventud para disponer de un público lector, capaz de acceder por sí mismo a la obra legislativa de aquellos diputados liberales. Por eso se incluyó en la Constitución el deber público de establecer escuelas de primeras letras, y la obligación consecuente de los ciudadanos de enviar a sus hijos a dichos establecimientos. 

El otro camino fue la publicación de catecismos constitucionales para divulgar la Constitución en todos los niveles de la población, estructurados a base de preguntas y respuestas, tal y como se estilaba en materia de religión. Se publicaron varios catecismos, e incluso circularon en Nueva España.  

Cabe señalar que los constituyentes de los Estados adoptaron esta idea y sancionaron catecismos políticos durante la Primera República federal. Se ha acreditado que hubo al menos cierto grado de distribución de dicho impreso en las escuelas, pero no hubo una circulación generalizada.

¿Cuál es la opinión que merecen dichas obras? La simple lectura de sus textos convence de que tratar de vaciar el contenido, la estructura, el significado y el valor de la Constitución en el Catecismo fue un fracaso. Las preguntas y respuestas a veces sólo reproducen el texto de la Ley fundamental, y a veces, lo hacen más difícil de comprender. 

Para mediados del siglo XIX ya se había cancelado en nuestro país este esquema.

Las constituciones mexicanas fueron elaboradas por legislaturas provistas de facultades para elaborar una Constitución. Había ya aquí un elemento de consenso, en tanto que los diputados aportaban en el Congreso las demandas, la voluntad de sus representados. Pero se agregó un elemento de legitimación adicional. La Constitución se sometía a la aprobación de juntas de representantes de los distritos, electos por los delegados de los ayuntamientos, a su vez nombrados en los colegios de las secciones electorales. 

El sistema constitucional hizo a un lado este mecanismo legitimador de cuño popular para asignar la aprobación de las reformas constitucionales a un proceso de ratificación institucional, esto es, entre poderes.

Este esquema permitió durante décadas del siglo XX y primeros años del XXI que las reformas constitucionales fuesen solamente un asunto de gobierno, sin que el pueblo interviniera en modo alguno.

Ahora, que se han logrado en el año anterior y el actual trascendentes reformas constitucionales, en beneficio del pueblo, es pertinente plantear el acercamiento de la Constitución al pueblo, sobre todo para que éste se erija en su principal defensor y promotor. La Constitución no puede ser un asunto de las élites políticas, ni de sus acuerdos, ni discurso indescifrable. Un sistema abierto en el sentido jurídico exige que el pueblo acceda al conocimiento de la Constitución, para que se produzca una adhesión política e ideológica a sus disposiciones. La vigencia efectiva de la Carta Magna depende de que tenga ese sustento popular. Por eso hay que impulsar el saber de la Constitución. 

Las vías para abordar este propósito son diversas, habida cuenta de las condiciones reales que existen en la sociedad mexicana. 

La plataforma más adecuada para la divulgación de la Constitución, de sus principios y de sus bases generales es la educación, en todos los niveles. En todos los grados debería haber una asignatura sobre la Constitución, desde la educación elemental hasta la profesional, aunque no se trate de la carrera de abogacía.

El Estado mexicano dispone de agencias que bien pueden encargarse de una política pública de ofrecer cursos de Constitución al pueblo, a todos, como se intentó en España luego del restablecimiento del Código gaditano en 1820.

En este infinito mundo de comunicaciones gracias al internet y las redes, hay un espacio abierto para que las instituciones educativas y gubernamentales ofrezcan al público cursos de libre acceso sobre la Constitución.

Para el caso de los pueblos originarios, hay que retomar con mayor fuerza y profundidad la publicación de la Constitución en sus lenguas, y/o cartillas constitucionales básicas para dotarlos de los mínimos conocimientos acerca de la Constitución.

La tarea es inmensa, pero su debida implementación hará que la Constitución sea más cercana al pueblo.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

× ¿Cómo puedo ayudarte?